






El proceso iniciado en su día por Coalicio Valenciana mediante una demanda contenciosa de derechos fundamentales contra el reglamento de les Corts Valencianes que autorizaba un régimen"extra" de pensiones parlamentarias, empieza ya a recibir sentencias. Y el resultado no puede ser más adverso a los 3 partidos que aprobaron el reglamento -PP,PSOE,EU-. Los exdiputados de las Corts no cobrarán ni indemnización por cese (el llamado finiquito o el «paro» de exparlamentarios) ni pensiones de la Cámara al margen de las que les correspondan de la Seguridad Social. Lo deja claro la primera de las sentencias dictadas por la sala de lo contencioso administrativo del TSJ valenciano sobre las demandas interpuestas por 43 exdiputados contra el Parlamento en las que reclamaban finiquitos y, en su caso, pensiones.
En concreto, la que presentó el exdiputado zaplanista del PP Manuel Gómez Fernández después de que en 2010 las Corts derogaran el «Reglamento de pensiones» aprobado en diciembre de 2006, con Julio de España como presidente del Parlamento. El popular sólo pedía el finiquito (que en su caso suponía el cobro de 50.374 euros) pero el texto del fallo alude también a las pensiones para dejar claro que una regulación de este tipo escapa a normas de rango reglamentario como las que pretendieron habilitar el pago.
De este modo, la sentencia anticipa el rechazo a las pretensiones de los exparlamentarios, que habrían supuesto el desembolso por parte de las Corts de casi 27 millones, de los que 820.000 correspondían a los finiquitos y unos 26 millones, al pago de pensiones parlamentarias una vez los diputados se jubilaran. «El establecimiento y regulación del derecho a la pensión parlamentaria, o a la indemnización por cese de la actividad parlamentaria, o al resto de prestaciones previstas en el ´Reglamento de pensiones parlamentarias´ —norma que instaura y regula en cierto modo un régimen de mutualismo y clases pasivas parlamentarios—, afecta a materias que escapan a las que corresponde regular en el reglamento de las Corts», por lo que éste «carece del rango legal» necesario, señala la sentencia, que no es firme y contra la que puede formularse recurso en diez días ante el Supremo.
Por su parte, Juan García Sentandreu ha comentado en su blog que "hoy es un día importante porque el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha hecho justicia en un proceso contencioso que inició en su día Coalicio Valenciana contra la aprobación del Reglamento de Las Cortes valencianas que autorizaba el pago de finiquitos y pensiones a nuestros señores diputados por cantidades astronómicas. El proceso, que ha tenido tras nuestra demanda muchas ramificaciones, empieza ya a dar sus frutos y el Tribunal valenciano ha declarado nulo el susodicho reglamento que permitía un régimen especial de jubilaciones multimillonarias para la secta que nos gobierna y ha desestimado el pago de las primeras reclamaciones que están haciendo los diputados del PP y PSOE para el cobro de dicho “trinque” institucional".